Si vives en una burbuja, aislado de todas las redes sociales, quizás no sepas que hace unos días el Ministerio de Cultura lanzó una serie de ayudas a la creación de cómic, por valor de 25,000 € cada una.

¿Te interesa? Pues venga, al lío.

Antes de empezar, un recordatorio. Toda la información acerca de estas ayudas (sus bases, plazos, resoluciones, cómo presentar la instancia…) la puedes encontrar aquí:

https://www.cultura.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/becas-ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones/libro/creacion-comic.html

Siempre deberías contrastar cualquier cosa que encuentres en Internet, y eso incluye esta explicación, con la página oficial, en este caso, la web de la Dirección General del Libro y Cómic (DGLC para los amigos). Además, allí encontrarás un buzón de consultas, en el que podéis preguntar vuestras dudas: ayudas.comic@cultura.gob.es

Lo más importante primero: el PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES es del 14 de mayo de 2025 a las 00:00 hasta el 04 de junio de 2025 a las 23:59. Intenta no dejarlo para el último día…

¿EN QUÉ CONSISTEN LAS AYUDAS?

Son ayudas a la creación de cómics, es decir, ayudas directamente a los autores para hacer su trabajo, sin que tenga que mediar una editorial (aunque ayude, como veremos más adelante). Eso significa que los creadores y las creadoras son los únicos responsables de cumplir con el objetivo de la ayuda, es decir, si no acabas la obra en plazo, tendrás que devolver el dinero que se te ha adelantado.

Las obras podrán estar escritas en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, hecho que habrá de indicarse en la solicitud, y deberán estar paginadas.

Están basadas en las ayudas a la creación literaria, que llevan años funcionando. Hasta la convocatoria de 2024, el cómic estaba integrado en esas ayudas. Ahora, los creadores de cómic hemos conseguido este paquete de ayudas en exclusiva para nosotros, reconociendo la singularidad de nuestro medio, que no tienen otros, como puede ser la coautoría, o los plazos de realización, que suelen ser mucho mayores que para novelas, teatro, etc.

Para este año se convocan 40 ayudas de 25.000 € cada una, por un total de 1.000.000 €, para realizar el proyecto en un plazo de 18 meses tras la publicación de la resolución de las ayudas (es decir, desde que digan quienes son los seleccionados). Este plazo podrá ampliarse en un máximo de 9 meses previa solicitud motivada del interesado, antes del fin del plazo de ejecución.

Por la brecha de género, se reservarán un 30% de estas ayudas (es decir, 12 de las 40) a proyectos en los que al menos un 40% de los participantes sean mujeres.

¿QUIÉN PUEDE PEDIRLAS?

  • Hay que ser mayor de edad, tener nacionalidad española o ser residente en España.
  • Se pueden presentar proyectos en coautoría, hasta un máximo de 6 participantes. Todos tienen que cumplir los requisitos, y ha de indicarse el porcentaje de autoría de cada uno, o se les asignará el mismo.

Esto quiere decir que se pueden presentar equipos de guionista, dibujante, entintador, colorista (por ejemplo) y darle a cada uno el porcentaje de autoría que se quiera (este porcentaje será el del total de la ayuda que recibirá cada uno, es decir, un 10% de autoría implica que a esa persona le darían 2.500€). Si no se indica porcentaje, se reparte a partes iguales entre todos.

  • Todos los creadores han de acreditar tener al menos una obra publicada por una editorial de cualquier país, en formato impreso o digital, de manera individual o en coautoría.

No sirven para acreditar este punto:

  • Las obras publicadas dentro de la realización de un curso, seminario etc.
  • Las obras editadas por sus autores/as cuando la empresa editorial no edite más títulos que los del propio autor/a, o de sus familiares directos, o éstos constituyan más de la mitad del catálogo de dicha editorial.
  • Las obras obtenidas, ilustradas y/o traducidas mediante técnicas de inteligencia artificial generativa.
  • Las obras que sean editadas con el apoyo financiero de su/s autor/es mediante plataformas de pago, crowdfunding o compra obligatoria de ejemplares.

Es decir, se excluye la autoedición, en todas sus versiones (incluyendo aquellos con editorial propia), los crowdfunding y la IAG.

Para acreditar este punto, necesitarás o bien el contrato, o una declaración responsable de la editorial en la que ponga que el autor no ha participado económicamente en la edición de la obra. Recuerda, necesitarás un contrato o declaración responsable por cada autor. Si alguno no cumple este punto, tu proyecto queda descalificado.

¿QUIÉN NO PUEDE PEDIRLAS?

  • Primero de todo. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra de apoyo a la creación literaria, sea nacional, autonómica, municipal o europea. Por lo tanto, si tienes otra ayuda, subvención, o lo que sea, no puedes pedir esta.
  • Está excluido el personal que trabaja o presta servicios profesionales para el Ministerio de Cultura.
  • También están excluidos los beneficiarios de las ayudas para la creación literaria de 2024.

EXCLUSIÓN DE PROYECTOS

  • Sólo se puede ser autor o coautor de un único proyecto. Es decir, si presentas más de uno, sólo sirve el primero y los demás quedan excluidos.
  • Si participas en estas ayudas, no puedes presentarte a las de creación literaria (aunque sean modalidades diferentes). Si te presentas a las dos, sólo se admite la primera que hayas hecho, la otra queda excluida.
  • Si el proyecto gana, antes de la resolución, un concurso, beca, premio…, los autores deben retirarla de esta convocatoria, o serán sancionados y obligados a devolver la ayuda más los intereses de demora, que actualmente están por el 4% anual.
  • Aquellos proyectos que tengan un preacuerdo con una editorial para su publicación, no podrán ser editados antes de la resolución de concesión de las ayudas. Para hacerlo antes, ha de solicitarse por escrito, y esperar el permiso.
  • Quedan excluidos los proyectos que se hayan editado anteriormente, o que se hayan publicado total o parcialmente en internet.
  • Quedan excluidas todas las obras elaboradas mediante IAG.

¿DÓNDE PRESENTO LA SOLICITUD?

Las solicitudes, con sus anexos y tal, se pueden presentar:

  • En la sede electrónica del Ministerio de Cultura, si dispones de un certificado de firma electrónica (https://cultura.sede.gob.es/), en el apartado de Procedimientos – Ayudas – Ayudas del Libro, Lectura y Letras y ahí elegir la de creación de cómic (https://sede.mcu.gob.es/registro/sabi/SeleccionMenu.action?cd=68&aob=ayuda&tipo=2511).
  • En el Registro del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey 1, Madrid)
  • En cualquier registro de la Administración. Las oficinas de Atención al Ciudadano tienen la obligación de ayudarte a presentar todo tipo de documentación de manera electrónica.
  • En Correos, con sobre abierto, para que el encargado selle y feche la instancia.

¿QUÉ HAY QUE PRESENTAR EXACTAMENTE?

En la convocatoria vienen una serie de plantillas que hay que rellenar (no sirve de otra manera). Todo debe venir en castellano (aunque el proyecto sea en alguna de las otras lenguas cooficiales)

  • ANEXO I: Solicitud. Para proyectos que se presenten por la sede electrónica y no sean de coautoría, no es necesaria.
  • Acreditación de la representación, si fuera necesario (es decir, si presenta el proyecto una tercera persona que no forma parte de él).
  • ANEXO II: Datos del autor y obra publicada. Uno por cada miembro del equipo creativo.
  • Contrato editorial o declaración responsable de la editorial de la obra publicada previamente. Si te presentaste a las ayudas de creación literaria del año pasado, en la modalidad de cómic, este paso no es necesario. Hay que presentar contrato para cada miembro del equipo creativo.
  • ANEXO III: Documento de representación. En caso de coautoría, este documento designa a uno de los creadores como representante, y permite poner qué papel ejercerá cada autor en la obra, así como el porcentaje de participación (si no se pone, será a partes iguales) y su sexo. Debe ir firmado por todos los coautores. Si el proyecto es de un único autor, este documento no es necesario.
  • ANEXO IV: Memoria explicativa del proyecto. Máximo 4 páginas. Debe incluir título, sinopsis, estructura, estilo gráfico, extensión aproximada, y toda la información que consideres necesaria para convencer al jurado, sin pasarte de la extensión que piden.
  • MUESTRA DE LA OBRA: Debéis incluir dos páginas de cómic totalmente terminadas. Si presentas maś, sólo tendrán en cuenta las dos primeras, así que no trabajes en balde. Estas páginas deben formar parte de la obra final. Si envías en papel, no tienes por qué enviar originales, una copia en buena calidad es suficiente.
  • ANEXO V: Comunicación de la cuenta bancaria, con el sello del banco o un certificado del banco de que los datos son ciertos. Una por cada coautor, aunque cobren todos en la misma cuenta.
  • PRECONTRATO O COMPROMISO EDITORIAL con editorial española si se dispone de él para el proyecto.

Toda esta documentación, si se presenta en papel, no debe venir encuadernada ni grapada.

Al firmar la solicitud, se incluyen las siguientes declaraciones responsables (si no marcas las casillas correspondientes, tendrás que presentarlas algunas de ellas en su momento):

  • No estar incurso en incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener pendientes obligaciones por reintegro.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (vamos, no deber dinero al estado).
  • Presentar un proyecto de autoría propia, de nueva creación, sin publicar ni estrenar.
  • No haber recibido otras ayudas para este proyecto.
  • No prestar servicios profesionales para el Ministerio de Cultura.
  • No haber empleado ninguna herramienta de IAG para elaborar la obra.
  • Comprometerse a acabar la obra en plazo.
  • Autorización a la DGLC para que acredite la identidad del solicitante y los certificados de AEAT y Seguridad Social.
  • Compromiso de retirar la obra antes de la resolución si obtiene otros premios o subvenciones.

Y DESPUÉS, ¿QUÉ?

Tras el plazo de presentación de solicitudes, habrá un plazo de subsanación de errores (10 días hábiles), en los que aparecerá un listado de solicitudes incompletas y excluidas, para poder rectificar o reclamar en caso necesario. Si no lo haces, quedarás fuera de la convocatoria.

¿QUIÉN VALORA LOS PROYECTOS?

A día de hoy no se conoce la composición exacta de la comisión de valoración. Estará integrada por la Directora de la DGLC, la titular de la Subdirección General del Libro, del Cómic, la Lectura y las Letras Españolas, como secretario (con voz pero sin voto) un responsable de dicha Subdirección, y como vocales dos especialistas del cómic, de reconocido prestigio, y hasta tres representantes de las Comunidades Autónomas.

¿QUÉ CRITERIOS SE VALORAN?

Los proyectos recibirán una puntuación entre 0 y 100. Hay que obtener un mínimo de 50 para optar a las ayudas.

Se valorarán:

  • Calidad artística y técnica (hasta 60 puntos)
  • Innovación y valor cultural (hasta 15 puntos)
  • Brecha de género (hasta 15 puntos). Se darán 8 puntos por mujer dibujante, 5 por mujer guionista y 2 por otras (colorista, rotulista, portadista, entintadora…). El total no superará los 15 puntos (para un equipo formado exclusivamente por mujeres o de una única autora que realice todo el proceso).
  • Compromiso editorial con editorial española (hasta 10 puntos). Si tienes un precontrato con alguna editorial española para este proyecto, puedes obtener más puntuación. No es obligatorio, pero ayudará a subir la nota final.

RESOLUCIÓN PROVISIONAL

Una vez se haya valorado, la Comisión hará una resolución provisional, especificando la puntuación de los proyectos, y dando un plazo de 10 días hábiles para reclamaciones.

Además, los creadores de los proyectos seleccionados deberán presentar una copia del DNI y los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y a la seguridad social si no han autorizado que se verifiquen de oficio. Si no lo hacen, quedarán excluidos.

RESOLUCIÓN DEFINITIVA

La DGLC publicará la lista definitiva de proyectos que reciben ayuda (el plazo máximo desde que comienza el proceso es 6 meses), y pocos días después se hará el pago anticipado de las ayudas, menos la retención que proceda.

JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS

Una vez concluya el plazo de los 18 meses que se tienen para crear la obra, deberá justificarse ante la DGLC en los tres meses siguientes. Este paso es obligatorio, si no, se considerará que no se ha realizado el trabajo y habrá que devolver el dinero.

Recuerda, cuando justifiques, las páginas deberán estar numeradas, y la obra tendrá que incluir el logotipo del Ministerio de Cultura – Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, o bien la siguiente leyenda “Esta obra ha recibido una ayuda a su creación del Ministerio de Cultura a través de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.

Si la justificación de la obra se presenta por registro, deberá entregarse una copia electrónica de la misma (pen drive, disco duro…)

Si la obra se publica, los beneficiarios se comprometen a entregar dos ejemplares.

REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN

Si se incumple con las condiciones anteriores, o no se acaba el proyecto en plazo, habrá que devolver el dinero adelantado más los intereses de demora.

Si hay un incumplimiento parcial, puede fijarse una cantidad a devolver que no sea la total por parte de la Administración.

El beneficiario puede efectuar una devolución voluntaria, antes del final del plazo, usando el modelo 069 que puede solicitar a la Subdirección General de Gestión Económica del Ministerio de Cultura.

Pero esperemos que ninguna obra tenga que devolver dinero…

PREGUNTAS Y RESPUESTAS (ALGUNAS MUY LOCAS)

Paso a responder algunas cuestiones que han ido preguntándonos desde que se conoció el borrador de las ayudas a la creación de cómic.

¿POR QUÉ SE LE DAN AYUDAS A LAS MUJERES SIN IMPORTAR QUE SUS CÓMICS SEAN BUENOS? ¡LAS ESTAMOS PROTEGIENDO COMO SI FUERAN NIÑAS PEQUEÑAS! LAS AYUDAS NO DEBERÍAN TENER EN CUENTA EL SEXO DEL AUTOR.

Vale. Vayamos al Libro Blanco del Cómic (https://sectorialcomic.com/libro-blanco/). Si le echamos un vistazo (hay cosas muy interesantes en él, y es un informe que ha llevado varios años de trabajo) vemos que apenas el 20% de los autores de cómic son mujeres. Es decir, te guste o no, existe una brecha de género (que, por cierto, no es reflejo de lo que se puede ver en las escuelas y academias de cómic de España, donde hay bastante paridad entre alumnos y alumnas). Por eso, la DGLC ha reservado 12 de estas ayudas para proyectos que incluyan al menos un 40% de creadoras. El resto pueden ser todos hechos por un hombre… o, a lo mejor, resulta que todas las ayudas se las llevan mujeres, vete a saber…

¿AH, SÍ? PUES ME DECLARO MUJER Y ASÍ ENTRO EN ESE PORCENTAJE…

Por curiosidad, ¿conoces la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI? Mira, te doy el enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2023/03/01/pdfs/BOE-A-2023-5366.pdf

Esta es la ley que regula el cambio de sexo en el registro civil, en su Título II, Capítulo I, artículos 43 a 51. Es poco texto, prueba a leerlo, y a lo mejor descubres que, aunque lo pidieras hoy, hay un plazo de tres meses para que ratifiques tu petición y un mes para dictar la resolución. Así que, para esta convocatoria, ya no llegas… quizás para el año que viene. Eso sí, ten en cuenta que el artículo 46.4 dice “La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, para aquellas situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral.

¿PUEDO PRESENTAR MÁS DE UN PROYECTO?

No. Cada creador sólo puede estar en un proyecto. De hecho, sólo se tomará en cuenta el primero que se presente. Independientemente que seas guionista y hayas escrito tres argumentos, o en cada uno se colabore de forma diferente (en uno se escriba, en otro se entinte…). Sólo uno. Así que elige bien…

¿TENGO QUE DARME DE ALTA COMO AUTÓNOMO?

No, no es necesario, como indican específicamente en el documento de preguntas frecuentes.

¿CUÁNDO COBRO?

Pues a los pocos días de salir la resolución definitiva, el dinero aparecerá en la cuenta bancaria de cada uno de los integrantes del equipo creativo del proyecto, en el porcentaje indicado en los anexos (o a partes iguales, si no habéis especificado nada). Al ser una ayuda a la creación, se abona antes de empezar, para que puedas tirar de ese dinero y quitarte alguna preocupación de la cabeza.

¿Y SI ME PONGO MALO Y NO PUEDO ENTREGAR A LOS 18 MESES?

Las ayudas prevén que pueden existir dificultades para algunas personas, a la hora de completar el cómic en plazo, y permiten solicitar antes de que se cumplan los 18 meses una prórroga de hasta 9 meses, siempre motivada. No vale es que me dio flojera y pasé más horas en el FIFA que dibujando. Si tu argumento es ese, prepárate para devolver los dineros…

Y SI NO LO ACABO, Y NO TENGO PRÓRROGA, ¿QUÉ?

Pues tendrás que devolver el dinero más el interés de demora (cada integrante del equipo creativo su parte). Y no hay excusas, si no tienes el dinero, tienes un problema…

YO TENGO UNA OBRA ANTERIOR, PERO LA AUTOEDITÉ…

Es requisito tener una obra publicada por una editorial. Tendrás que aportar el contrato, o una declaración responsable de la editorial. Lamentablemente, la autoedición está excluida… esperemos que rectifiquen para la siguiente.

ACABO DE ENVIAR LA SOLICITUD Y SE ME HA OLVIDADO UN PAPEL…

Por suerte para ti, si falta algún documento o requisito, el organismo requerirá al solicitante la documentación necesaria, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles. Si no se hace así, la solicitud se dará por desistida.

Eso sí, ten en cuenta que el Anexo I, si la presentas en papel, no se te puede olvidar, ya que es la instancia de la solicitud. Sin ella, no pueden pedirte subsanar el fallo…

LA MUESTRA QUE ENVIÉ ERAN DOS ORIGINALES. ¿PUEDO RECUPERARLAS?

Sí, en el plazo de un mes desde la resolución definitiva, en la sede de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas. Después serán destruidas.

TENGO UN PRECONTRATO CON UNA EDITORIAL FRANCESA. ¿ME VALE?

Bien por ti, pero sólo puntúan los precontratos con editoriales españolas.

¿PUEDEN QUEDAR AYUDAS DESIERTAS?

Sí, si la comisión de valoración considera que no hay nivel suficiente, pueden quedar plazas desiertas, siempre justificándose en la resolución.

CUANDO ACABE, ¿QUIÉN ME PUBLICARÁ LA OBRA?

Si tienes un precontrato con una editorial (recuerda, puntúa como mérito) será esa editorial quien la publicará. Si no, puedes buscar la editorial que mejor te convenga, sea o no española, autoeditarte, o, esperemos que no, guardar la obra en un cajón y olvidarte de ella para siempre…

¿Y DE LA RENTA QUE?

La ayuda es un ingreso que tendrás que declarar en la Renta del año 2025. Si no sabes cómo hacerlo, deberás consultar a un gestor o la Agencia Tributaria.

Cualquier duda, podéis preguntarnos por rrss o directamente al loco autor de esta guía, Carlos Correia. Está en todos lados, no sabemos muy bien cómo lo hace…

 

¡Suerte a todos los participantes!

Badajoz, 1974. Siempre he sido guionista de cómic, dado que mi habilidad con el lápiz no me permite ser autor completo (aunque algún pinito he dado). Colaboré en la revista El Pequeño Nemo, de Distrimagen, realizando la sección de noticias, artículos y reseñas. Miembro de los Sentinel Studio, colaboré en los cuatro números de la revista Rev3rso, en el fanzine Harto! de la Asociación Extrebeo, y acabo de lanzar el cómic de Fantasy West, financiado por crowdfunding, dibujado por Jacobo Márquez. También he guionizado un par de historias para la editorial Universo Cómic Presenta, que saldrán a la venta en 2016.